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Certificación energética

¿Qué inmuebles necesitan tener el certificado de eficiencia energética?
Edificios de nueva construcción.
Edificios existentes que se han rehabilitado y tienen más de 1000 m. de superficie o hayan renovado al menos el 25% de sus cerramientos.
Edificios o unidades del mismo existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario (pisos, chalets, locales, oficinas, edificios completos).
Edificios públicos frecuentados por público con superficie mayor a 250 m2.

¿Qué inmuebles no necesitan el certificado de eficiencia energética?
Edificios industriales y agrícolas destinados a uso no residencial.
Edificios o unidades del mismo aislados con una superficie útil inferior a 50 m2.
Edificios que se compren para su demolición.
Edificios o unidades del mismo de viviendas destinadas a usarse menos de 4 meses/año o consumir menos del 25% de la energía prevista al año.
Otros como edificios de culto o construcciones provisionales.

¿Qué contiene el certificado de eficiencia energética?
Identificación del edificio o unidad del edificio que se certifica.
Indicación del procedimiento para obtener la calificación.
Indicación de la normativa de aplicación en el momento de su construcción.
Descripción de las características energéticas del edificio.
Envolvente térmica.
Instalaciones.
Condiciones normales de funcionamiento y ocupación.
Condiciones de confort térmico, lumínico y calidad de aire interior.
Calificación de eficiencia energética, expresada mediante la etiqueta energética.
Documento de recomendaciones para la mejora de la calificación.

Diferencia entre certificado energético y etiqueta energética
El certificado es el documento suscrito por el técnico que contiene información sobre las características y eficiencia energética. La etiqueta es el distintivo que señala el nivel de calificación obtenido.

¿Qué validez tiene el certificado energético?
10 años. El propietario podrá proceder voluntariamente a su actualización cuando considere que existen variaciones que puedan modificar el certificado.
¿Quién debe encargar la certificación energética?
El propietario de un inmueble es el responsable de encargar la realización de la certificación de eficiencia energética del edificio, o de la unidad, según corresponda. También es el responsable de conservar la correspondiente documentación.